Real Decreto-ley2/2008
De acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto-Ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, que ha establecido una nueva deducción en la cuota líquida del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de hasta 400 euros anuales, con efectos desde 1 de enero de 2008 y aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo, se comunica que la citada deducción se hará efectiva mediante la aplicación de una reducción lineal de hasta 200 euros en la nómina ordinaria del mes de junio de 2008, con el límite del importe de la retención que resulte en cada caso y, a partir del mes de julio de 2008, mediante la reducción del tipo de retención correspondiente a los meses de julio a diciembre de dicho año en la cuantía que sea pertinente hasta alcanzar el máximo de 400 euros anuales.
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